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GUIAS DE TURISMO EN LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MURCIA.
NORMA: Decreto 178/95
TITULO: Decreto por el que se aprueba la regulación de la profesión de Guía de Turismo en la Región de Murcia.
FECHA: 20 de diciembre de 1995
PUBLICACION: 9 de enero de 1996
AMBITO DE APLICACION:
Actividad profesional de los Guías de Turismo. Art. 1.
REQUISITOS: Art. 5
a) Ser mayor de edad.
b) No padecer enfermedad o limitación física o psíquica que pueda ser incompatible con el ejercicio de la profesión.
c) Nacionalidad de un país miembro de la UE o país asociado al acuerdo sobre Espacio Económico Europeo.
d) Estar en posesión de una de las siguientes titulaciones:
Técnico en Empresas y Actividades Turísticas.
Técnico Superior en Información y Comercialización Turística.
Grado académico de Diplomado Universitario o equivalente.
PROCEDIMIENTO DE HABILITACION: Art. 4
COMENTARIO:
Las obligaciones de los Guías en el art. 11.
Se prevé la existencia de cursos y jornadas de homologación.