APLICACIÓN DE LAS BONIFICACIONES A LAS COTIZACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL POR FORMACIÓN CONTINUA
La CEOE nos ha remitido el Oficio procedimental, de la Tesorería General de la Seguridad Social, sobre aplicación de las bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social por Formación Continua contenidas en la Orden TAS/500/2004, Oficio que adjuntamos como Anexo. (Ver apartado Financiación de las acciones de formación continua en las empresas y de los permisos individuales de formación).
El Oficio establece el procedimiento de comunicación de las bonificaciones tanto para las empresas usuarias del Sistema RED como para aquellas que no lo tramitan por este sistema, debiendo estas últimas realizarlo en un TC1 complementario que no deberá ir acompañado de TC2.
VER ANEXO (Documento en .PDF)