1 Capítulo I. Deber general.

AEVAV

Ley de turismo de Aragón. Título Tercero. Capítulo I.

TÍTULO TERCERO

Derechos y deberes en relación con el turismo

CAPÍTULO I

Deber general

Artículo 20.  Protección de los recursos turísticos.

Toda actividad turística deberá, en todo caso, salvaguardar el patrimonio natural y cultural y los demás recursos turísticos.

 

Este portal web únicamente utiliza cookies propias con finalidad técnica, no recaba ni cede datos de carácter personal de los usuarios sin su conocimiento. Sin embargo, contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas a la de AEVAV que usted podrá decidir si acepta o no cuando acceda a ellos.

Más información